La decisión surgirá de la reunión que realizará el Directorio del Banco Central, que hará operativa la ley publicada hoy en el Boletín Oficial.
Una buena noticia para aquellos que perciben sus salarios a través de las cuentas sueldo. Es que finalmente el Ministerio de Trabajo instrumentó este jueves la Ley Nº 26.590, por la que se modifica el artículo 124 de la Ley de Contrato de Trabajo.
La resolución lleva el número 653 y establece que “el funcionamiento de la cuenta sueldo no podrá tener límite de extracciones ni costo alguno para el trabajador, hasta el importe correspondiente a las retribuciones en dinero que se acrediten a su favor”.
Además, la ley establece que -de ahora en más- los haberes deberán pagarse mediante alguno de los siguientes mecanismos:
* Efectivo.
* Cheque a la orden del empleado.
* Depósito en cuenta bancaria.
En el caso de la extracción se destaca que no importa la modalidad utilizada para extraer el dinero, es decir, por caja o por cajero automático.
Para conocer en detalle la nueva normativa, a cuántas personas beneficia, el impacto para su bolsillo y el problema que deberán enfrentar los bancos, vea la nota: Nueva ley de cuenta sueldo: alivio para la clase media y gran problema para bancos
El carácter de gratuito se extenderá incluso, si el retiro de fondos se efectúa en una red diferente a la que pertenece el banco (Banelco o Link). Entre otros cambios, tampoco podrá cobrarse por el envío mensual del resumen y se incluirá una tarjeta de débito sin cargo.
Aún no está definido si los bancos autorizarán débitos automáticos desde ésta, pero en caso de aceptarlos no podrán cobrarle al cliente por dicho servicio.
También aclara que sí tendrá costos para los clientes el excedente del salario que se deposite en esa cuenta y que se mantendrán las cuentas vigentes en la actualidad. No obstante, para que se aplique en la práctica se requiere la aprobación del Directorio del Banco Central, que probablemente lo haga en su habitual reunión de los días jueves, luego de lo cual entrará en vigencia.
Una vez aprobada, se prevé que se comunicará la decisión a los titulares de la Asociación de Bancos Argentinos (ADEBA), la Asociación de Bancos Públicos y Privados de la República Argentina (Abappra), y la Asociación de Bancos de la Argentina (ABA).
Esas asociaciones serán las encargadas de retransmitir a los bancos de todo el país a partir de cuándo entrará en vigencia la circular respectiva.
Fuentes cercanas a la operación consideran que el lapso que demandará la entrada en vigencia se demorará alrededor de un mes a partir de su aprobación.
La norma, que salió publicada el miércoles en el Boletín Oficial beneficia nada menos que a 7,2 millones de asalariados de todo el país. A través de la misma todas las extracciones de fondos que se hagan bajo este sistema, ya sea a través de cajero automático o por ventanilla, deberán ser totalmente gratuitas.
La mala noticia
Con la puesta en vigencia de la ley comenzará un proceso de readecuación de las comisiones cobradas por las entidades bancarias, en su intento de reestructurar el anterior sistema de costos. La razón es sencilla: una parte de la comisión que cobraban por este tipo de extracciones, en particular las realizadas en cajeros de otras redes se destinaba a cubrir los correspondientes costos operativos.
Así por ejemplo, algunos bancos cobraban hasta $6,5 por cada movimiento, cuando el costo que afrontaban era del orden de $1,5 por operación, según surge del Régimen de Transparencia del Banco Central.
Ahora, esa suma de dinero, que en algunos casos alcanza cifras millonarias, deberá provenir, al menos esa es la intención de algunas entidades, de otras fuentes, como ser las tarjetas de crédito.
Gustavo Giraldez, director de zonabancos.com, expresó al respecto: “Con la caída de las comisiones, las entidades deberán replantear las promociones y las comisiones que cobran y las que aplican sobre el resto de los productos bancarios. En especial, en tarjetas de débito y crédito”.
El tema de fondo es que si se aplica la ley, tal como fue publicada, se generará un quebranto para los bancos, ya que dejarán de percibir una abultada cantidad de dinero. Devolverán las comisiones ya cobradas
La nueva ley obliga a las entidades bancarias a acreditar en las cuentas sueldo los importes que debitaron bajo la forma de comisiones desde la fecha de aprobación, es decir desde el 12 de mayo y hasta el momento en que entre en vigencia definitivamente.
La forma en que se implementará esta devolución también será motivo de discusión en la citada reunión del directorio del Central. Se analizará cómo las entidades deberán devolver a los trabajadores las comisiones o gastos que hayan debitado o cobrado de las cuentas sueldo desde comienzos de mayo en adelante.
La resolución lleva el número 653 y establece que “el funcionamiento de la cuenta sueldo no podrá tener límite de extracciones ni costo alguno para el trabajador, hasta el importe correspondiente a las retribuciones en dinero que se acrediten a su favor”.
Además, la ley establece que -de ahora en más- los haberes deberán pagarse mediante alguno de los siguientes mecanismos:
* Efectivo.
* Cheque a la orden del empleado.
* Depósito en cuenta bancaria.
En el caso de la extracción se destaca que no importa la modalidad utilizada para extraer el dinero, es decir, por caja o por cajero automático.
Para conocer en detalle la nueva normativa, a cuántas personas beneficia, el impacto para su bolsillo y el problema que deberán enfrentar los bancos, vea la nota: Nueva ley de cuenta sueldo: alivio para la clase media y gran problema para bancos
El carácter de gratuito se extenderá incluso, si el retiro de fondos se efectúa en una red diferente a la que pertenece el banco (Banelco o Link). Entre otros cambios, tampoco podrá cobrarse por el envío mensual del resumen y se incluirá una tarjeta de débito sin cargo.
Aún no está definido si los bancos autorizarán débitos automáticos desde ésta, pero en caso de aceptarlos no podrán cobrarle al cliente por dicho servicio.
También aclara que sí tendrá costos para los clientes el excedente del salario que se deposite en esa cuenta y que se mantendrán las cuentas vigentes en la actualidad. No obstante, para que se aplique en la práctica se requiere la aprobación del Directorio del Banco Central, que probablemente lo haga en su habitual reunión de los días jueves, luego de lo cual entrará en vigencia.
Una vez aprobada, se prevé que se comunicará la decisión a los titulares de la Asociación de Bancos Argentinos (ADEBA), la Asociación de Bancos Públicos y Privados de la República Argentina (Abappra), y la Asociación de Bancos de la Argentina (ABA).
Esas asociaciones serán las encargadas de retransmitir a los bancos de todo el país a partir de cuándo entrará en vigencia la circular respectiva.
Fuentes cercanas a la operación consideran que el lapso que demandará la entrada en vigencia se demorará alrededor de un mes a partir de su aprobación.
La norma, que salió publicada el miércoles en el Boletín Oficial beneficia nada menos que a 7,2 millones de asalariados de todo el país. A través de la misma todas las extracciones de fondos que se hagan bajo este sistema, ya sea a través de cajero automático o por ventanilla, deberán ser totalmente gratuitas.
La mala noticia
Con la puesta en vigencia de la ley comenzará un proceso de readecuación de las comisiones cobradas por las entidades bancarias, en su intento de reestructurar el anterior sistema de costos. La razón es sencilla: una parte de la comisión que cobraban por este tipo de extracciones, en particular las realizadas en cajeros de otras redes se destinaba a cubrir los correspondientes costos operativos.
Así por ejemplo, algunos bancos cobraban hasta $6,5 por cada movimiento, cuando el costo que afrontaban era del orden de $1,5 por operación, según surge del Régimen de Transparencia del Banco Central.
Ahora, esa suma de dinero, que en algunos casos alcanza cifras millonarias, deberá provenir, al menos esa es la intención de algunas entidades, de otras fuentes, como ser las tarjetas de crédito.
Gustavo Giraldez, director de zonabancos.com, expresó al respecto: “Con la caída de las comisiones, las entidades deberán replantear las promociones y las comisiones que cobran y las que aplican sobre el resto de los productos bancarios. En especial, en tarjetas de débito y crédito”.
El tema de fondo es que si se aplica la ley, tal como fue publicada, se generará un quebranto para los bancos, ya que dejarán de percibir una abultada cantidad de dinero. Devolverán las comisiones ya cobradas
La nueva ley obliga a las entidades bancarias a acreditar en las cuentas sueldo los importes que debitaron bajo la forma de comisiones desde la fecha de aprobación, es decir desde el 12 de mayo y hasta el momento en que entre en vigencia definitivamente.
La forma en que se implementará esta devolución también será motivo de discusión en la citada reunión del directorio del Central. Se analizará cómo las entidades deberán devolver a los trabajadores las comisiones o gastos que hayan debitado o cobrado de las cuentas sueldo desde comienzos de mayo en adelante.
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