El fisco nacional obliga a adjudicar a cada producto o servicio vendido “un código numérico, estandarizado y unívoco”. Expertos aseguran que es el primer paso para la puesta en marcha de la liquidación proforma del impuesto. Conozca las claves de la nueva normativa.
Sin mediar anuncio alguno y a través de una pequeña modificación al régimen de facturación electrónica, expertos tributaristas consultados por iprofesional.com coincidieron en asegurar que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dio el primer paso en la implementación del mecanismo que calculará cuánto IVA deberá pagar mensualmente cada contribuyente.
En efecto, a través de la resolución general (AFIP) 2855, publicada en el Boletín Oficial, el organismo que conduce Ricardo Echegaray estableció que -al momento de confeccionar los comprobantes virtuales- se deberían detallar los bienes y servicios vendidos adjudicando a cada producto “un código numérico, estandarizado y unívoco”.
Asimismo, adelantó que en un mediano plazo “la AFIP estará en condiciones de confeccionar la liquidación proforma del IVA”. En otras palabras, el fisco nacional le dirá a cada empresa o particular el monto que deberá cancelar mensualmente.
“Obviamente la liquidación online efectuada por la AFIP estará sujeta a la aprobación de cada contribuyente”, agregó el tributarista. A modo de ejemplo, Fernández detalló que el organismo de recaudación ya efectúa la liquidación de cargas sociales para un sector de los empleadores.
En igual sentido, Flavia Melzi, consultora tributaria, agregó que “la nueva reglamentación “apunta a potenciar las fiscalizaciones a futuro”.
“Se va a poder controlar -de manera online- las compras, ventas e inventarios de los contribuyentes”, agregó la profesional.
Como una pequeña recomendación, Melzi advirtió que “la implementación debería ser paulatina para así evitar una sobrecarga administrativa”.
Nuevos códigos en las facturas electrónicas
A fin de entender el alcance de la nueva resolución, Mario Volman, socio del Estudio Kaplan, Volman y Asociados, aseguró que “con este sistema de seguimiento a control remoto -tanto del emisor de la factura como de quién recibe la misma- la AFIP podrá llevar a cabo un control de los inventarios de cada una de las empresas que emitan facturas electrónicas". "Para ello, el fisco deberá contar con la existencia inicial y las compras de esos bienes o de las materias primas necesarias para su fabricación, que las puede obtener de las facturas electrónicas que ha recibido ese contribuyente de sus proveedores”, añadió Volman.
“De este modo la AFIP contará con información muy valiosa al momento de fiscalizar a un contribuyente pues tendrá una importante estimación de las cantidades de inventario de cada producto online y actualizado a cada fecha”, adelantó Volman.
“El cliente que recibe una factura electrónica, con los códigos de los productos numéricos y estandarizados, aún cuando no esté por el momento obligado a emitir facturas electrónicas no podrá ocultar haber perfeccionado dicha compra y, en consecuencia, se achica el mercado informal de comercialización”, concluyó el experto.
A su vez, Enrique Scalone, titular del estudio que lleva su nombre, aseguró que “se trata de un adelanto electrónico que no solamente ayuda a un mejor control de los movimientos comerciales de los contribuyentes y el correspondiente pago de impuestos”.
“La estandarización de las operaciones, también podrá ser útil como base de información sobre las actividades económicas”, agregó Scalone.
A quiénes afecta el cambio.
Puntualmente, la nueva normativa modifica la resolución (AFIP) 2757.
La norma amplió el ámbito de aplicación de la factura electrónica. A partir de tal normativa, la AFIP puede incluir en el régimen a los responsables en IVA que considere procedente, previa notificación a los mismos.
"Esto dejó librado un amplísimo campo de discrecionalidad al organismo de recaudación para definir quiénes estarán incluidos en las obligaciones que se establecen”, evaluó Scalone.
Próximas etapas
Complementariamente, los proveedores que quieran contratar con el Estado deberán contar, a partir del 1 de agosto próximo, con un certificado fiscal que sólo se otorgará a quienes estén adheridos al régimen de factura electrónica y no tengan incumplimientos tributarios durante los últimos cinco años.
Así lo confirmó el administrador federal de Ingresos Públicos, Ricardo Echegaray, quien también destacó que "a partir del año próximo, el uso de factura electrónica será obligatorio para quienes comercialicen en la web".
Además, el funcionario aseguró que "desde julio, todas las operaciones de comercio exterior deberán emplear facturas electrónicas y en agosto, además de los proveedores del Estado, deberán utilizar esa modalidad los laboratorios y las tabacaleras".
"Aspiramos a que durante el año que viene toda la actividad económica se encuentre registrada a través de la factura electrónica o bien mediante los controladores fiscales", subrayó Echegaray. Recordó que la factura electrónica ya fue implementada por gran parte de los países del continente, y precisó que "de los 2,2 millones de comprobantes que se hicieron cuatro años atrás llegaremos a los 195 millones durante el transcurso de este año".
Según un trabajo del organismo recaudador, se emitieron "45,4 millones de comprobantes (electrónicos) a responsables inscriptos, 200,7 millones a consumidores finales y 29 mil comprobantes de exportación".
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