En una primera etapa, el fisco nacional obligará solamente a los profesionales que facturen entre $12.000 y $16.667 mensuales. En la actualidad, el régimen alcanza a quienes tengan ingresos por más de $50.000 al mes. Conozca las claves de la nueva avanzada.
En una primera etapa, el fisco nacional obligará solamente a los profesionales que facturen entre $12.000 y $16.667 mensuales. En la actualidad, el régimen alcanza a quienes tengan ingresos por más de $50.000 al mes. Conozca las claves de la nueva avanzada
La factura electrónica llegará a los monotributistas en marzo próximo.
La decisión ya está tomada. En los próximos días, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informará que, a partir de marzo próximo, los monotributistas que más ganan tendrán que adherirse al régimen de factura electrónica.
Así lo confirmó, Horacio Curien, subdirector general de Fiscalización de la AFIP, en diálogo exclusivo con iProfesional.com.
El funcionario precisó que, si bien aún resta pulir los detalles finales de lo que será la nueva resolución general, está confirmado que "la factura electrónica llegará en marzo próximo a los contribuyentes que se encuentren en las categorías más altas del Régimen Simplificado".
Tal como anticipó oportunamente este medio, en una primera etapa, el organismo que conduce Ricardo Echegaray obligará a los monotributistas -en su mayoría profesionales- que encuadren en el último escalón del esquema de tributación, vigente a partir de este año.
Por lo tanto, la obligación recaerá sobre quienes facturen entre $12.000 y $16.667 mensuales ya que ambos valores delimitan el peldaño final.
En una etapa posterior, el organismo de recaudación apunta a incorporar al régimen a todos los monotributistas comprendidos bajo las nuevas categorías que resultan aplicables desde el 1 de enero de 2010.
De esta forma, una vez finalizada la avanzada de las autoridades fiscales, deberán emitir los comprobantes de manera electrónica:
* Los profesionales monotributistas que facturen entre $6.000 y $16.667 al mes.
* Los pequeños contribuyentes que realicen otras actividades, con ingresos mensuales que se ubiquen entre $12.000 y 25.000 pesos.
En la actualidad, la emisión de comprobantes electrónicos rige para contadores y abogados -entre otras actividades- que generan ingresos por más de $50.000 al mes.
Los próximos pasos
En la misma línea, el Administrador Federal, Ricardo Echegaray, firmó un acuerdo con la Asociación Argentina de Codificación de Productos Comerciales, a fin de incluir en las facturas electrónicas un código de barras para cada producto.
"En esta primera etapa, que arrancó el 1º de noviembre pasado, incorporamos al sector de la industria farmacéutica, tabacaleras, limpieza e higiene y perfumería", puntualizó oportunamente Echegaray.
En la segunda etapa, se avanzará sobre el sector minorista y los supermercados, a través de una mayor implementación de los controladores fiscales.
"Vamos a trabajar con organismos técnicos para que homologuen los equipos y así tener información en tiempo real de todos los productos que se consumen", adelantó el titular de la AFIP.
"Este proyecto pone a la Argentina en la vanguardia en el comercio administrado electrónicamente", expresó el funcionario, quien agregó que, "gracias a la factura electrónica, vamos acotando el campo de acción de quienes operan con facturas apócrifas".
A fin de entender la avanzada, Mario Volman, socio del Estudio Kaplan, Volman y Asociados, aseguró a iProfesional.com que "con este nuevo sistema de seguimiento a control remoto -tanto del emisor de la factura como de quién recibe la misma- la AFIP podrá llevar a cabo un control de los inventarios de cada una de las empresas que emitan comprobantes electrónicos".
"De este modo, contará con información muy valiosa al momento de fiscalizar a un contribuyente pues tendrá una importante estimación de las cantidades de inventario de cada producto online y actualizado a cada fecha", adelantó Volman.
"El cliente que recibe una factura electrónica, con los códigos de los productos numéricos y estandarizados, aún cuando no esté por el momento obligado a emitir este tipo de documentos no podrá ocultar haber perfeccionado dicha compra y, en consecuencia, se achica el mercado informal de comercialización", concluyó el experto.
Incorporación de responsables inscriptos en el IVA
A esto, además, se le suma la reformulación del procedimiento que le permite a la AFIP incorporar al régimen de factura electrónica a los responsables inscriptos en el IVA.
Desde el Estudio Lisicki, Litvin y Asociados, Marcos Goshi explicó que "a través de la nueva resolución general 2904 , la AFIP le otorga un panorama más claro a aquellos contribuyentes responsables inscriptos en IVA que fueran notificados de la obligación de emitir facturas electrónicas".
En primer lugar, se establece un plazo más razonable de antelación para notificarlos de tal obligación, siendo de 30 días hábiles administrativos.
"Esto es de vital importancia, ya que la adaptación de los sistemas de facturación requiere un plazo adecuado para la búsqueda de presupuestos, la implantación de los mismos y las pruebas pertinentes, siendo también de suma relevancia la capacitación al personal", concluyó Goshi.
Seriedad, Compromiso y Soluciones
Visite Nuestro sitio: www.aipem.com
Conozca nuestras soluciones de facturación electrónica
Fuente: http://www.iprofesional.com
No hay comentarios.:
Publicar un comentario