lunes, 15 de noviembre de 2010

Ingresos brutos porteños: la declaración anual deberá presentarse por Internet






A partir del 1º de diciembre próximo, los contribuyentes locales del tributo deberán efectuar la presentación final utilizando un nuevo aplicativo que estará disponible en la página web del organismo. Acceda al texto completo de la norma.


La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos porteña (AGIP) estableció que a partir del 1º de diciembre próximo los contribuyentes locales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos deberán presentar la declaración jurada final mediante un aplicativo que estará disponible en la página web del organismo.

La medida se dio a conocer a través de la resolución 631 publicada este viernes en el Boletín Oficial porteño.

La norma agrega que "la autenticación del contribuyente para el acceso a la nueva aplicación se hará efectiva a través de la utilización de la Clave Ciudad porteña".

Asimismo, las empresas y particulares obligados deberán "legalizar la declaración jurada final ante el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires".

Valor Locativo de Referencia

En lo que respecta a mayores cambios, el proyecto de Código Fiscal porteño 2011 -al que puede accederse haciendo clic aquí- busca poner en marcha una nueva herramienta que le permita a la AGIP establecer un monto orientativo para los alquileres de propiedades.

La medida apunta a combatir la alta evasión, a la hora de tributar Sellos, que se registra entre los propietarios que alquilan casas y departamentos.

Para tener una idea de la magnitud del monto evadido, se debe considerar que la Ley Tarifaria porteña 2011 -a la cual se puede acceder haciendo clic aquí- establece como regla general, para el caso de alquileres comerciales, que el año próximo tributarán un 0,50% en sellos y un 1,5% en Ingresos Brutos. Por lo tanto, un contribuyente que alquila su local a $10.000 mensuales deberá ingresar $50 del primer tributo y $150 del segundo, mes a mes.

La implementación del Valor Locativo de Referencia (VLR) tiene como antecedente cercano la puesta en marcha durante este año del Valor Inmobiliario de Referencia (VIR).

El VIR permite valuar los departamentos y casas porteñas para, de esta manera, evitar que los propietarios declaren en la escritura que la casa o departamento se vendió a una cifra hasta 40% menor que la real. Como principio general, cada vez que se realiza una transacción inmobiliaria hay que pagarle a la Ciudad un 2,5% en concepto de Sellos.

Más precisamente, los buenos resultados obtenidos a través del VIR llevaron a Macri a tratar de sumar el VLR. De hecho, en el texto enviado a la legislatura el Gobierno porteño argumenta que la implementación del VIR elevó en un 25% el valor de escrituración de las propiedades.

Ante este escenario, el Gobierno porteño plantea "establecer un VLR para tener un monto de referencia en el Impuesto de Sellos en los contratos de locación de inmuebles".

Para ello, el texto del Código Fiscal 2011 "faculta a la AGIP a establecer un valor locativo de referencia para cada inmueble situado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que tendrá en cuenta su renta locativa mínima potencial anual, según el destino constructivo del inmueble en cuestión".

A fin de establecer dicho valor, la AGIP deberá considerar, entre otros factores:

* Su ubicación geográfica.
* Cercanía con centros comerciales y vías de circulación primarias y secundarias de acceso en los distintos barrios.
* Cercanía con equipamientos e instituciones que influyan en el desenvolvimiento del destino constructivo.
* Características propias de la edificación y aquellos otros aspectos que, en virtud de sus competencias, tengan incidencias en su valor locativo.


"El valor locativo de referencia deberá ser actualizado anualmente y se aplicará -de corresponder- a los contratos de locación gravables con el Impuesto de Sellos cuando este valor resulte mayor al precio convenido por las partes", agrega el texto enviado a la Legislatura porteña.

Hugo Kaplan, socio del estudio Kaplan, Volman y Asociados, explicó que la medida apunta "a detectar a los contribuyentes que declaran los contratos de alquiler por un valor mensual menor a $1.500 para no estar alcanzados con el Impuesto al Valor Agregado (IVA)".

Más cambios

Asimismo, Kaplan destacó otras modificaciones importantes que se encuentran en el proyecto de Código Fiscal enviado a la Legislatura porteña.

El reconocido tributarista precisó a iProfesional.com que en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos sólo se proponen dos modificaciones relevantes:

* Incluir como exenta la actividad de call center.

Con la implementación de este nuevo incentivo fiscal, el Gobierno de Macri busca "contrarrestar el éxodo de las empresas de ese sector a otras jurisdicciones".

* Precisar que sumas correspondiente a devoluciones y descuentos son susceptibles de deducción en la base imponible del tributo.

Al respecto Kaplan señaló que esta medida "está destinada a evitar que las bonificaciones a los supermercados por punta de góndola -entre otras- sean deducidas del tributo".


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Fuente: http://www.iprofesional.com


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