Cantidad de puntos que se descuentan en función de las infracciones:
2 (dos) puntos:
- Circular sin el cinturón de seguridad.
- No acatar las indicaciones de la autoridad.
- Circular sin el casco protector. (motos)
4 (cuatro) puntos:
- Circular con licencia vencida.
- No cumplir con las condiciones de la licencia (uso de anteojos o lentes de contacto).
- Conducir con licencia de categoría distinta a la correspondiente.
- Conducir con menores sin el dispositivo de retención infantil correspondiente.
- Girar en lugar prohibido (hacia una transversal en forma no reglamentaria o giro en U en una misma arteria).
- Circular marcha atrás en forma indebida y sin justificación.
- Obstruir la vía transversal.
- No ceder el paso a bomberos, ambulancias, policía de servicios públicos o de urgencia.
- No dar prioridad de paso a los peatones.
5 (cinco) puntos:
- Circular con cualquier elemento que permita evadir los controles de tránsito y/o velocidad.
- Conducir utilizando celular, mp3 o auriculares.
- Circular en sentido contrario.
- No respetar la prioridad de paso de una bocacalle y/o un indicador de “PARE”.
- Interrumpir el paso de filas escolares.
- Circular por arterias a más de 10 km. y hasta 20 km. de la velocidad permitida y, en vías rápidas, a más de 20 km. y hasta 40 km. en exceso de la velocidad permitida.
- Cruzar barreras férreas bajas (contravención).
- Violación de luz roja identificada (contravención).
- No respetar la prioridad de paso de una bocacalle o un cartel de "Pare".
- No respetar la prioridad de paso de los peatones o senda peatonal.
- Circular, estar estacionado o detenido sin placas de dominio.
- Impedir o dificultar la visualización de la placa de dominio mediante pliegues, añadiduras, mal estado de conservación o que este colocada en forma antirreglamentaria o girada respecto de su posición normal.
10 (diez) puntos:
- Negativa al control de alcoholemia, estupefacientes u otras sustancias.
- Circular por las arterias a más de 20 km/h. de la velocidad permitida y, en vías rápidas, a más de 40 km/h. en exceso de la velocidad permitida.
- Conducir en estado de ebriedad o bajo los efectos de estupefacientes.
- No cumplir las obligaciones legales a cargo, en caso de participar en un accidente de tránsito.
- Circular, estar estacionado o detenido teniendo colocadas placas de dominio de otro vehiculo.
20 (veinte) puntos:
- Participar, disputar u organizar, competencias de velocidad o destreza en la vía pública (picadas).
Los conductores podrán recuperar parcialmente 4 (cuatro) puntos realizando un curso especializado en educación vial , con temas de derechos humanos y socorrismo.
En caso de llegar a "Cero Puntos
- A. Por primera vez
Se lo inhabilitará por 60 (sesenta) días, o podrá optar por realizar un curso de educación vial. - B. Por segunda vez
Se lo inhabilitará por 180 (ciento ochenta) días, y deberá realizar el curso de educación vial. - C. Por tercera vez
Se lo inhabilitará por 2 (dos) años, y además deberá realizar el curso de educación vial. - D. Por cuarta vez y sucesivas oportunidades
Se lo inhabilitará por 5 (cinco) años, y además deberá realizar el curso de educación vial.
Beneficios
A partir de enero del corriente, aquellos conductores que hayan perdido alguno de sus puntos volverán a tener los 20 iniciales, algo que está contemplado por ley ya que este 2009 fue el primer año en el que se implementó el sistema.
El SEPC contempla beneficios para los buenos conductores, desde 2012, quienes no hayan sufrido la pérdida de ninguno de sus puntos podrán renovar la licencia de manera gratuita.
Los conductores que no registren descuentos de puntos en los 2 (dos) años anteriores a la fecha de vencimiento de sus licencias, al renovar las mismas, quedarán eximidos de concurrir a las clases de actualización de normas de tránsito, y serán bonificados con el 100% del valor de la tarifa correspondiente.
Consecuencias
- A. Si en los dos (2) años anteriores a la fecha de finalización del trámite el conductor alcanzó los cero (0) puntos una (1) vez en el Sistema de Evaluación Permanente de Conductores (SEPC), la validez máxima se reduce en un cuarto (1/4) de la correspondiente a su edad.
- B. Si por segunda vez el conductor alcanzó los 0 (cero) puntos antes de los 2 (dos) años anteriores al vencimiento de la licencia, al renovarla, la validez máxima se reducirá a la mitad de la correspondiente a su edad.
- C. Si en los dos (2) años anteriores a la fecha de finalización del trámite el conductor alcanzó los cero (0) puntos tres (3) veces o más en el SEPC, la validez máxima se reduce en tres cuartos (3/4) de la correspondiente a su edad.
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