INFORMACION PARA LAS EMPRESAS DE SEGURIDAD
SE INFORMA A LAS EMPRESAS DE LA ACTIVIDAD QUE POR ACTA DE ACUERDO SALARIAL SUSCRIPTO POR UPSRA Y CAESI SE FIJA LA NUEVA GRILLA SALARIAL DEL CCT 507/07 ANEXO C PARA EL PERIODO MAYO 2010 A OCTUBRE 2010. DICHO ACUERDO FUE PRESENTADO ANTE EL MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL EL 3 DE MAYO DE 2010 EXPTE. 1264229/08, Y HOMOLOGADO POR RESOLUCION NRO 654/2010 DEL 27 DE MAYO DE 2010.
ENTRE LAS MODIFICACIONES A LA GRILLA SALARIAL SE ESTABLECE EN LA CLAUSULA 4º QUE LA SUMA NO REMUNERATIVA OBLIGATORIA CON APORTES Y CONTRIBUCIONES A LA OBRA SOCIAL DE OSPSIP QUEDA CONFORMADA DE LA SIGUIENTE MANERA:
1 DE MAYO DE 2010 AL 30 DE JUNIO DE 2010 | $ 400.00 |
1 DE JULIO DE 2010 AL 30 DE SETIEMBRE DE 2010 | $ 250.00 |
A PARTIR DEL 1 DE OCTUBRE 2010 | $ 300.00 |
SE RECUERDA QUE DICHO APORTE SE DEBERA INGRESAR EN LAS MISMAS CONDICIONES QUE HASTA EL MOMENTO, ES DECIR QUE COMPRENDE AL TODO EL PERSONAL BENEFICIARIO DE LA CONVENCION COLECTIVA DE TRABAJO 507/07, AUN EN EL CASO DE QUE EL VIGILADOR HAYA HECHO USO DE DE LA OPCIÓN DE CAMBIO A FAVOR DE OTRA OBRA SOCIAL.
PARA EL PAGO SE SEGUIRAN UTILIZANDO LOS MISMOS MEDIOS QUE HASTA LA FECHA LA OSPSIP PONE A DISPOSICION DE LAS EMPRESAS, CUENTA Nº. 2858/7 SUCURSAL 2 DEL BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES Y TODAS LAS SUCURSALES DE PAGO FACIL DEL PAIS.
LA EMISION DE LA BOLETA DE PAGO DEBERA REALIZARCE A TRAVES DE NUESTRA PAGINA DE INTERNET: WWW.OSPSIP.ORG.AR.
HEMOS OBSERVADO QUE ALGUNAS EMPRESAS INCLUYERON EN LA DECLARACION JURADA DE AFIP FORMULARIO 931 EL PAGO DE ESTE APORTE, RAZON POR LA CUAL SOLICITAMOS SE MODIFIQUE ESTA OPERATORIA A FIN DE EVITAR PERJUICIOS POR EL PAGO MAL REALIZADO.
LAS CONSULTAS AMPLIATORIAS SE PODRAN REALIZAR TELEFONICAMENTE AL DEPARTAMENTO DE COMPUTOS TELEFONOS: 4867-4186 O 4861-9278 O AL DEPARTAMENTO DE INSPECCIONES TELEFONOS: 4804-0293 4804-0259 O 4805-0777.
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